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Reflexiones sobre el derechos de retracto y reversión del pago: aplicación jurídica

Si bien, en algún momento hemos escuchado que el derecho de retracto es una herramienta para retrotraer una adquisición, la mayoría de veces no sabemos como utilizarlo, ni como darle correcta aplicación, debido a la falta de información que tenemos respecto de los derechos que gozamos por ser consumidores. Por tal razón, en las siguientes líneas pretendemos explicar en que consiste el mencionado derecho y la diferencia con la incursionada técnica “reversión del pago”, como también, el procedimiento para aplicarlos.

Colombia – Panamá: Un vistazo al fallo de la OMC en la controversia planteada por los aranceles a las importaciones de calzado y confecciones

En junio de este año, el Órgano de Apelaciones de la Organización Mundial del Comercio, ratificó la decisión tomada por el Grupo Especial y concluyó que los aranceles mixtos establecidos en el Decreto 456 de 2014 para las importaciones de calzado y prendas de vestir[1] son más altos que los aranceles consolidados para ese tipo de mercancías y que como no se logró acreditar que la medida se enmarcaba en una de las excepciones previstas en el artículo XX del Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT), esta es incompatible con el derecho de la OMC.

Caso “Papeles Suaves”. Primeros resultados del Programa de Beneficios por Colaboración en el contexto colombiano. Informe Motivado.

Llama la atención que según los relatos realizados por la Delegatura tanto en la resolución de apertura como en el informe motivado, se podría concluir que presuntamente FAMILIA y KIMBERLY habrían sido los incitadores de la conducta, incluso son quienes hicieron partícipes a otros participantes del acuerdo. Siendo así, resulta contrario el ingreso de estos participantes al programa, en la medida en que claramente el artículo 3 del Decreto 2896 del 2010, establece que uno de los requisitos para acceder al mismo es no haber actuado como su instigador o promotor y además probar que otro actuó como tal.