Seguros

Comentarios a la reciente jurisprudencia de 3 de abril de 2017 de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en materia de seguro de cumplimiento particular

A través de este espacio, deseamos comentar y poner a consideración la reciente decisión de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia en materia de derecho de seguros, contenida en la Sentencia de 3 de abril de 2017, radicación (SC4659-2017) N° 11001-31-03-023-1996-02422-01 M.P. AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO.

Seguros de automóviles y el problema de Uber (parte 2)

En el artículo 41 del Decreto 56 del 2015, se establecen las condiciones generales de cobertura del seguro, en las cuales se encuentra la inopobilidad de las excepciones a los beneficiarios, que quiere decir que las víctimas de los accidentes de tránsito, los beneficiarios o quienes tengan derecho al pago de los servicios de salud, indemnizaciones y gastos, no les serán oponibles excepciones derivadas de vicios o defectos relativos a la celebración del contrato o al incumplimiento de obligaciones propias del tomador.

Estudios de Seguros

Dada la trayectoria académica del profesor Andrés E. Ordóñez Ordóñez, se presentan en esta obra un total de doce trabajos de su autoría en los que quedaron incorporados los nuevos desarrollos normativos y jurisprudenciales.

El contrato de seguro. Ley 389 de 1997 y otros estudios

El texto incluye cuatro estudios: a. “Carácter consensual del contrato de seguros» b. “La responsabilidad civil y el seguro obligatorio de automóviles” c. «El seguro de responsabilidad civil y la admisión de las cláusulas claims made en el derecho colombiano” d. “Los intermediarios y buena fe en el contrato de seguro”.