5 de octubre de 2026
CIENCIAS DEL COMPORTAMIENTO Y PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS: EL CASO DE LA TARJETA ULISES.
Por: Daniel Alejandro Monroy-Cely[1]

Según el mito de la Odisea, Ulises quería escuchar el canto de las sirenas, pero sabía que, al oírlo, podría perder el control y conducir su barco y a su tripulación hacia la muerte. Por eso pidió a sus tripulantes que lo ataran al mástil y que no lo soltaran, aunque después, desesperado por el canto, se los suplicara. La decisión de Ulises de atarse fue libre; también fue una forma de proteger una decisión tomada con calma frente a otra que podría tomar bajo la influencia de la irresistible tentación del canto de las sirenas.
Esa es la idea detrás de un proyecto de ley recientemente presentado en Argentina, denominado «Ley Ulyses de prevención del sobreendeudamiento». La propuesta legislativa exige que toda entidad emisora de tarjetas de crédito ofrezca al titular la posibilidad de fijar un límite mensual de gasto inferior al cupo total de la tarjeta. Por ejemplo, una persona con un cupo de cinco millones de pesos podría decidir que su tarjeta no le permita gastar más de un millón y medio al mes. Cuando se supere ese límite, las compras posteriores serán rechazadas automáticamente por la entidad emisora. Además, una vez fijado el límite, el titular no podrá modificarlo durante al menos tres meses y recibirá una notificación o alerta cuando su consumo alcance el 50% del límite elegido.
Ahora bien, ¿por qué un usuario necesitaría comprometerse previamente con un límite si él mismo puede decidir cómo utilizar la tarjeta y en cuánto endeudarse? La respuesta proviene de los hallazgos de las ciencias del comportamiento: establecer hoy cuánto queremos gastar durante el próximo mes no es lo mismo que decidir hoy frente a la tentación de una compra actual. En el primer caso, como Ulises antes de encontrarse con las sirenas, podemos considerar nuestros ingresos, obligaciones y prioridades futuras, y anticipar cómo reaccionaremos ante una tentación futura. En el segundo caso, la tentación es actual y la satisfacción de comprar es inmediata, mientras que el costo de una mala decisión aparecerá más adelante. En otras palabras, se trata de un problema de autocontrol o de fuerza de voluntad.
Este problema no es un hallazgo nuevo. En «La teoría de los sentimientos morales», Adam Smith ya describía la tensión entre las pasiones que nos atraen hacia el placer inmediato y el «espectador imparcial», desde cuya perspectiva podemos juzgar con más calma las consecuencias de nuestros actos. Esa misma tensión ha sido objeto de importantes desarrollos en las últimas décadas por parte de las ciencias del comportamiento. Así, en «An Economic Theory of Self-Control», Thaler y Shefrin (1981) desarrollaron el modelo del planificador y el ejecutor (planner–doer) para explicar por qué en ocasiones fijamos un plan para el futuro y, llegado el momento, actuamos en contra de él. En el caso de una tarjeta de crédito, esto significa que, aunque nos comprometamos con nosotros mismos a no gastar más de lo previsto, al momento de hacer una compra podemos sentir una fuerte tentación de incumplir ese compromiso.
Por supuesto, nada de esto significa que toda compra imprevista con una tarjeta de crédito sea equivalente a incumplir un compromiso con nosotros mismos o una decisión de la que nos arrepentiremos más adelante. Significa, más bien, que algunas personas quieren una herramienta vinculante, que los fuerce a «atarse libremente al mástil» para así cumplir con el compromiso, el límite que ellas mismas eligieron para sí.
Un límite elegido libremente por el usuario.
Lo más relevante del proyecto de ley argentino es que corresponde al propio titular decidir si adopta un límite de autocontrol para el uso de su tarjeta y, en ese caso, cuál será. Es decir, la ley obligaría a las entidades emisoras a ofrecer una herramienta para fijar ese límite, pero cada usuario decidiría si quiere utilizarla y, en ese caso, cuál será su límite mensual de gasto. También sería libre de no adoptar ningún límite, si es lo que quiere.
La propuesta de una tarjeta de crédito con un mecanismo de autocontrol tampoco es nueva. En su libro, Predictably Irrational (2008), Dan Ariely ya proponía una tarjeta que permitiera al usuario fijar anticipadamente límites de gasto –incluso por categorías de compra o periodos– y escoger qué ocurriría al superarlos. Una de las posibilidades era que se rechazara la operación. El proyecto de ley argentino se asemeja a esa idea, pero en una versión más sencilla: la opción de fijar un límite mensual elegido por el titular. La diferencia está en que el proyecto propone obligar a todas las entidades emisoras a poner esa opción a disposición de sus usuarios.
Este tipo de medidas se inscribe en el enfoque de los populares nudges (Thaler y Sunstein, 2008): intervenciones que buscan mejorar la calidad de las decisiones de las personas sin restringir sus opciones. En este caso, el nudge consiste en ofrecer al titular la posibilidad de fijar libremente un límite para su tarjeta, sin imponerle esa elección. El mensaje de alerta al llegar al 50 % del límite también es un nudge, pues hace más visible una información útil en el momento más oportuno para el usuario, sin impedirle ninguna decisión concreta. Si el titular activa el límite, el rechazo de las compras que lo superen hace efectiva la restricción que él mismo aceptó previamente para mantener su compromiso inicial. Finalmente, el plazo de tres meses durante el cual no puede modificarse el límite refuerza ese compromiso. De lo contrario, el usuario podría elevarlo fácilmente cuando aparezca la tentación de superarlo.
¿Una tarjeta de crédito Ulises en Colombia?
El proyecto de ley argentino invita a una reflexión en Colombia sobre la mejor forma de proteger al consumidor financiero. La regulación colombiana impone un deber de información clara, suficiente y oportuna al consumidor, y contempla la educación financiera como parte de su protección (Ley 1328 de 2009). Suministrar información suficiente a los consumidores financieros es importante, pero ayudarlos a tomar mejores decisiones financieras exige más que eso. En otras palabras, cumplir con el deber de informar sobre las condiciones de uso de una tarjeta de crédito no siempre basta cuando llega el momento de utilizarla adecuadamente. Una herramienta de autocontrol, un nudge como el que se propone en Argentina, podría complementar las normas locales sobre deberes de información, sin sustituirlas.
Vale decir, la experiencia colombiana no parte de cero en el uso de intervenciones basadas en las ciencias del comportamiento, incluidos los nudges. Lo que sí resultaría especialmente novedoso, como también lo propone el proyecto argentino, sería incorporar un mecanismo de autocontrol elegido por el usuario que complemente las reglas de protección del consumidor financiero.
Una propuesta regulatoria como la de Argentina, pero adaptada al contexto colombiano podría empezar por exigir a las entidades financieras que ofrezcan a sus usuarios la herramienta que les permita fijar un límite mensual de gasto inferior al cupo de su tarjeta. La elección de ese límite seguiría siendo voluntaria. Para que la herramienta sea útil, debería poder encontrarse y utilizarse fácilmente dentro de las aplicaciones o sucursales en línea de las entidades financieras, y el titular de la tarjeta tendría que saber qué operaciones cuentan para el límite y cuándo podría modificarlo. Con ello, la protección del consumidor no dependería únicamente de que el usuario esté informado y recuerde sus propósitos cada vez que hace una compra.
Conviene, sin embargo, advertir sobre los retos y objetivos de implementar una tarjeta Ulises en Colombia. Es cierto que esta herramienta tiene fundamentos en las ciencias del comportamiento en general y la literatura sobre el autocontrol y el uso de nudgesen específico, pero respecto de las decisiones financieras no se ha demostrado que el mecanismo específico propuesto reduzca efectivamente problemas de morosidad o de sobreendeudamiento de usuarios. A manera de ilustración, Adams et al. (2022) evaluaron, en dos experimentos con consumidores financieros, el uso nudges dirigidos a que los titulares pagaran por encima del mínimo de sus tarjetas de crédito y redujeran así el monto de su deuda. Este estudio encontró que estas intervenciones tuvieron efectos nulos en la reducción de la deuda de largo plazo en las tarjetas de crédito. Sin embargo, estos hallazgos no descartan la implementación de una tarjeta Ulises en Colombia (ni en Argentina), sino que refuerzan la importancia de evaluar continuamente la efectividad de esta y cualquier herramienta dirigida a mejorar la calidad de las decisiones y la protección de los consumidores.
Por eso, una versión colombiana de la tarjeta Ulises debería evaluarse desde su implementación y respecto de los cambios observados en el tiempo. Por ejemplo, no bastaría con contar cuántas personas utilizan la herramienta. También habría que observar cómo cambian sus dinámicas de gastos, las deudas al cierre de cada periodo de facturación, el pago de intereses, los plazos de pago y la morosidad. Además, habría que determinar si, cuando incumplen sus propios límites, en lugar de detener las compras, las trasladan a otras tarjetas o formas de crédito. Ese conjunto de evaluaciones permitiría ajustar el diseño y evaluar si la promesa de ayudar a los consumidores financieros a tomar mejores decisiones se cumple en la realidad.
Con todo, una propuesta de una tarjeta de crédito Ulises en Colombia no significa que todos los usuarios de tarjetas de crédito deban atarse a un mástil. Significa que vale la pena ofrecer una cuerda a quien, conociendo sus propias limitaciones o problemas de autocontrol, decide usar esa cuerda para atarse al mástil.
Bibliografía
Adams, P., Guttman-Kenney, B., Hayes, L., Hunt, S., Laibson, D., y Stewart, N. (2022). Do nudges reduce borrowing and consumer confusion in the credit card market? Economica, 89(S1), S178–S199. https://doi.org/10.1111/ecca.12427
Ariely, D. (2008). Predictably irrational: The hidden forces that shape our decisions. Harper Collins Publishers.
Cámara de Diputados de la Nación Argentina. (2026). Proyecto de ley «Ley Ulyses de prevención del sobreendeudamiento». https://rest.hcdn.gob.ar/web/proyectos/289986/adjuntos/104550
Congreso de la República de Colombia. (2009). Ley 1328 de 2009, por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=36841
Smith, A. (2002). The theory of moral sentiments (K. Haakonssen, Ed.). Cambridge University Press. https://doi.org/10.1017/CBO9780511800153
Thaler, R. H., y Shefrin, H. M. (1981). An economic theory of self-control. Journal of Political Economy, 89(2), 392–406. https://doi.org/10.1086/260971
Thaler, R. H., y Sunstein, C. R. (2008). Nudge: Improving decisions about health, wealth, and happiness. Yale University Press.
[1] Docente Investigador del Departamento de Derecho de la Empresa y de los Mercados de la Universidad Externado de Colombia en temas de Análisis Económico del Derecho, Regulación económica y Behavioral Law and Economics.